Deberán prepararnos la siguiente documentación para disponer de ella los antes posible, con al menos 10 días antes de la fecha de firma:

  • Certificado de estar al corriente en la Comunidad de Propietarios tanto de las cuotas ordinarias, extraordinarias y derramas, hasta la fecha de firma en fedatario público.
  • Último IBI pagado (del año en curso) en el caso de no disponer del IBI del año en vigor por no haberse girado aún por el ayuntamiento, se facilitará el del año anterior.
  • Última/s Tasa/s de Basura del Ayuntamiento.
  • Último recibo del suministro de Luz y Agua, etc… para que la parte compradora pueda proceder al cambio de la titularidad de estos, a partir del mismo día de la firma en fedatario público.
  • Certificado de Cancelación de la hipoteca con valor a fecha de firma, y aviso a la entidad bancaria para proceder con OMF o con asistencia de apoderado.

Si en el momento del encargo de Mediación, no han entregado o no los entregó correctamente (bien por la calidad o por error u omisión), nos tendrá que facilitar, los siguientes documentos:

  • Certificado Energético
  • Escritura de compra del inmueble
  • Dnis de todos los titulares o usufructuarios

Desde el momento en que realizan la reserva del inmueble, los pasos serán los siguientes, para su conocimiento:

  1. Deberá remitirnos la documentación que le hemos solicitado para la financiación por email fran@gestorfinanciero.com y/o físicamente en nuestras oficinas, no será válida la documentación realizada como fotografía remitida por WhatsApp o cualquier otro método.
  2. Una vez resuelta la Viabilidad Económica tendrá que solicitarse Tasación de la vivienda que deberá tener un valor de tasación que faculte a que el importe a financiar sea menor o igual al 80% de la valoración de la tasación. En caso contrario el importe a financiar será como máximo el 80% del valor de tasación. El cliente es conocedor de que la viabilidad final de la operación depende del valor de la tasación y que esté valor sólo se conoce una vez que se ha pagado la tasación por parte del cliente, luego es por su cuenta y riesgo el pago de la tasación ya que nadie puede asegurar que valor de tasación tiene un inmueble, por tanto, si una vez tasada la operación no puede salir el cliente no podrá recuperar el importe pagado por la tasación.
  3. Una vez que hemos designado la notaría en el contrato de arras, nos pondremos de acuerdo mediadora, vendedora y compradora para posicionar firma dentro del plazo establecido en el contrato de arras.
  4. Deberá de facilitarnos la documentación de Blanqueo de Capitales que le hayamos solicitado.
  5. Los Suministros de los que esté dotado el inmueble se cambiarán de titularidad por la parte compradora, dotando la vendedora de un plazo en notaría para su cambio y en caso contrario dará la vendedora la baja de los suministros. 
  6. Para el día de la firma tendrá que llevar Dnis Originales y aquellos documentos necesarios para la justificación del estado civil y situación personal (capitulaciones matrimoniales, sentencias de divorcio, etc…)
  7. Activos Multigestión, S.L.U. le facilitará días antes de la firma los medios de pago tal y como se establece en el contrato de arras firmado entre las partes.

Tú opinión, nuestra meta.

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